MEN IN BLACK.- Les compartimos los aspectos más importantes sobre el establecimiento de la Oficina de resolución de anomalías de todos los dominios (AARO) en español.
Mensaje del Director
Bienvenido al sitio web de la Oficina de Resolución de Anomalías en Todos los Dominios (AARO). Nuestro equipo de expertos lidera los esfuerzos del gobierno de EE. UU. para abordar los fenómenos anómalos no identificados (UAP) utilizando un marco científico riguroso y un enfoque basado en datos. Desde su creación en julio de 2022, AARO ha tomado medidas importantes para mejorar la recopilación de datos, estandarizar los requisitos de presentación de informes y mitigar las posibles amenazas a la seguridad que plantean los UAP. Esperamos utilizar este sitio para actualizar periódicamente al público sobre el trabajo y los hallazgos de AARO, y para proporcionar un mecanismo para la presentación de informes sobre UAP. Gracias por su visita.-
Dr. Sean Kirkpatrick, Director
Misión
Minimizar la sorpresa técnica y de inteligencia sincronizando la detección científica, de inteligencia y operativa, la identificación, atribución y mitigación de fenómenos anómalos no identificados en las cercanías de las áreas de seguridad nacional.
Visión
Los fenómenos anómalos no identificados se detectan, rastrean, analizan y gestionan de manera eficaz y eficiente mediante prácticas normalizadas del Departamento de Defensa, la red de inteligencia y las empresas civiles; mediante el cumplimiento de los más altos estándares científicos y de inteligencia; y con la mayor transparencia y conciencia compartida.
Fenómenos anómalos no identificados (UAP) significa
(A) objetos en el aire que no son inmediatamente identificables; (B) objetos o dispositivos transmedios; (C) y objetos o dispositivos sumergidos que no son inmediatamente identificables y que muestran características de comportamiento o rendimiento que sugieren que los objetos o dispositivos pueden estar relacionados con los objetos o dispositivos descritos en el subpárrafo (A) o (B). (Según la Sección 1673(d)(8) de la NDAA FY23).
El Departamento de Defensa considera los fenómenos anómalos no identificados (UAP) como fuentes de detecciones anómalas en uno o más dominios (es decir, aéreo, marítimo, espacial y/o transmedio) que no son aún atribuibles a actores conocidos y que demuestran comportamientos que los sensores u observadores no comprenden fácilmente.
Las “detecciones anómalas” incluyen, entre otras, fenómenos que demuestran capacidades aparentes o material que excede los límites de rendimiento conocidos.
Una UAP puede consistir en uno o más objetos anómalos no identificados y puede persistir durante un período prolongado de tiempo.
Informes de actividades/programas relacionados con los UAP del gobierno de EE. UU.
AARO acepta informes de empleados actuales o anteriores del gobierno de los EE. UU., miembros del servicio o personal contratista con conocimiento directo de los programas o actividades del gobierno de los EE. UU. relacionados con los UAP que se remontan a 1945*.
Estos informes se utilizarán para informar el Informe de Registro Histórico dirigido por el Congreso de AARO .
Este formulario pretende ser un punto de contacto inicial con AARO; no está destinado a transmitir información potencialmente confidencial o clasificada. Después de enviar su informe, el personal de AARO puede comunicarse con usted para solicitar detalles adicionales o concertar una entrevista informativa.
* Por ley , AARO puede recibir toda la información relacionada con UAP, incluida cualquier información clasificada de seguridad nacional que involucre actividades militares, de inteligencia y relacionadas con la inteligencia, en todos los niveles de clasificación, independientemente de cualquier control de acceso restrictivo, programas de acceso especial o programas de acceso compartimentado. . Además, no existe ninguna restricción para que AARO reciba información pasada o presente relacionada con UAP, independientemente de la afiliación organizacional de la autoridad de clasificación original dentro del Departamento de Defensa, la Comunidad de Inteligencia o cualquier otro departamento o agencia del gobierno de EE. UU.
Cualquier información clasificada de seguridad nacional se puede proporcionar a AARO en un lugar seguro, pero no se puede proporcionar a través de este formulario. No envíe información clasificada de seguridad nacional o información no clasificada que no sea de divulgación pública (por ejemplo, sujeta a regulaciones de control de exportaciones) a través de este formulario.
NDAA para el año fiscal 2023, sección 1673(b)(1): una divulgación autorizada no estará sujeta a un acuerdo de confidencialidad celebrado por la persona que realiza la divulgación; se considerará que cumple con cualquier regulación u orden emitida bajo la autoridad de la Orden Ejecutiva 13526 (nota 50 USC 31617; relacionada con información clasificada de seguridad nacional) o el capítulo 18 de la Ley de Energía Atómica de 1954 (42 USD 2271 et seq.); y no es una violación de la sección 798 del título 18, Código de los Estados Unidos u otra disposición legal relacionada con la divulgación de información.
Informes operativos actuales de UAP
El personal militar debe informar a través de su comando o servicio de acuerdo con el Estado Mayor Conjunto de GENADMIN J3 Washington DC 191452ZMAY23 “Informe de fenómenos anómalos no identificados y disposición de materiales”.
Se alienta a los pilotos civiles a informar de inmediato al control del tráfico aéreo sobre avistamientos de UAP. AARO recibe informes de pilotos (PIREP) relacionados con UAP de la Administración Federal de Aviación.
¿QUIÉN ES ELEGIBLE PARA INFORMAR?
AARO acepta informes de empleados actuales o anteriores del gobierno de EE. UU., miembros del servicio o personal contratista con conocimiento directo de los programas o actividades del gobierno de EE. UU. relacionados con la UAP que se remontan a 1945. Estos informes se utilizarán para informar el Informe de registro histórico dirigido por el Congreso de AARO .¿QUÉ NO DEBO REPORTAR?
NO envíe ninguna información que sea potencialmente CLASIFICADA o información no clasificada que no sea de divulgación pública (por ejemplo, sujeta a regulaciones de control de exportaciones). Si no está seguro de si la información que tiene es clasificada o CUI, no la envíe en este sitio web.
Tenga en cuenta que los informes se limitan en este momento a empleados actuales o anteriores del gobierno de los EE. UU., personal militar o personal contratista con conocimiento directo de los programas o actividades del gobierno de los EE. UU. relacionados con los UAP que se remontan a 1945.
Actualmente, AARO NO acepta informes sobre avistamientos/ Encuentros con el público en general. En el futuro, la elegibilidad para informar se ampliará al público en general e incluirá informes de cualquier evento relacionado con la UAP.
NO proporcione información de segunda mano ni rumores sobre programas o actividades de UAP. Anime a aquellos con conocimientos de primera mano a que se presenten y compartan su información y experiencias con AARO.
NO utilice este sitio web no clasificado para enviar informes operativos actuales de avistamientos/encuentros con UAP que hayan ocurrido en el curso de sus deberes oficiales del gobierno de los EE. UU. como miembro del servicio, empleado federal o personal contratista. Siga el proceso establecido por su sucursal de servicio o agencia federal para reportar la información a AARO.
¿QUÉ DEBO ESPERAR DESPUÉS DE PRESENTAR UN INFORME?
Después de enviar su informe, el personal de AARO puede comunicarse con usted para solicitar detalles adicionales o concertar una entrevista informativa.
FIRMÉ UN ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD. ¿AÚN PUEDO REPORTARME A AARO?
Sí. Según la Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) James M. Inhofe para el año fiscal (FY) 2023[1], las personas pueden informar a AARO sin temor a violar los términos de acuerdos de confidencialidad (NDA) actuales o anteriores. Sin embargo, aparte de las divulgaciones autorizadas realizadas a AARO, las personas deben cumplir su compromiso de por vida de salvaguardar la información clasificada de seguridad nacional y se espera que continúen protegiendo la información de acuerdo con su NDA original.
Por ley, AARO puede recibir toda la información relacionada con UAP, incluida cualquier información clasificada de seguridad nacional, independientemente de cualquier control de acceso restrictivo, programas de acceso especiales o programas de acceso compartimentados. Además, no existe ninguna restricción para que AARO reciba información pasada o presente relacionada con UAP, independientemente de la afiliación organizacional de la autoridad de clasificación original dentro del Departamento de Defensa, la Comunidad de Inteligencia o cualquier otro departamento o agencia del gobierno de EE. UU. Le recordamos que las personas no pueden reportar información clasificada de seguridad nacional en este sitio web.
[1] NDAA para el año fiscal 2023, sección 1673(b)(1): Una divulgación autorizada no estará sujeta a un acuerdo de confidencialidad celebrado por la persona que realiza la divulgación; se considerará que cumple con cualquier regulación u orden emitida bajo la autoridad de la Orden Ejecutiva 13526 (nota 50 USC 31617; relacionada con información clasificada de seguridad nacional) o el capítulo 18 de la Ley de Energía Atómica de 1954 (42 USD 2271 et seq.); y no es una violación de la sección 798 del título 18, Código de los Estados Unidos u otra disposición legal relacionada con la divulgación de información.
¿QUÉ NECESITO SABER SOBRE LA PROHIBICIÓN DE REPRESALIAS?
Las personas que realizan divulgaciones autorizadas a AARO están explícitamente protegidas contra represalias según la ley, según la Ley de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) para el año fiscal 2023[1]. Si cree que ha sufrido represalias por hacer una divulgación autorizada a AARO, envíe un informe a la Línea directa de la Oficina del Inspector General del Departamento de Defensa , Línea directa del Inspector General de la Comunidad de Inteligencia , Departamento de Energía Línea directa de la Oficina del Inspector General , Departamento de Línea directa del Inspector General de Seguridad Nacional , o la oficina del IG de su agencia federal actual o anterior.
[1] NDAA para el año fiscal 2023, Sección 1673(b)(2)(A): Un empleado de un departamento o agencia del gobierno federal, o de un contratista, subcontratista, beneficiario, subbeneficiario o contratista de servicios personales de dicho departamento o agencia, que tiene autoridad para tomar, ordenar a otros que tomen, recomendar o aprobar cualquier acción de personal, no deberá, con respecto a dicha autoridad, tomar o dejar de tomar, o amenazar con tomar o no tomar, una acción de personal. , incluida la revocación o suspensión de autorizaciones de seguridad, o la terminación del empleo, con respecto a cualquier individuo como represalia por cualquier divulgación autorizada.
Ley de Autorización de Defensa Nacional James M. Inhofe para el año fiscal 2023
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